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COMUNA DE TIMBÚES

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viernes, 26 de julio de 2013

Por plantarla antes de llegar al altar y ahora deberá indemnizarla

La Justicia había condenado al hombre a compensar a quien iba a ser su esposa por cancelar la boda a pocos días de realizarse. Ella le endilgó que se había hecho cargo de la seña del servicio de catering, de electrodomésticos y de terminar la casa. Ambos apelaron el fallo de primera instancia pero la Cámara resolvió que él deberá pagarle.



Un hombre dejó a su novia pocos días antes del casamiento y ahora deberá indemnizar a quien iba a ser su esposa con el 50 por ciento de los costos de la fiesta que habían programado. Así lo resolvió la sala primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario, tras ratificar un fallo de primera instancia de un juzgado de San Lorenzo.

En un fallo del año 2011, el juzgado de primera instancia Civil, Comercial y Laboral de San Lorenzo, había hecho lugar a la demanda de Patricia L. y condenó a Horacio H. a abonarle a ella la suma de once mil setecientos noventa pesos más intereses. 

Sin embargo, esa medida fue apelada por ambas partes. Ella pedía “reparar el daño moral en que mediante la falsa promesa de matrimonio por parte él engañó y defraudó económicamente a ella al llevarla a gastar ingresos y tomar deudas para terminar el inmueble que, supuestamente, constituiría el hogar familiar de ambas partes”. 

Patricia además presentó testigos para demostrar que ella se hizo cargo de “los electrodomésticos adquiridos para el futuro matrimonio, el turno para la iglesia y la seña para el servicio de catering y la torta”.

Además, una testigo contó en el juicio “la comunicación telefónica al lugar de trabajo de ella para definir el texto de las tarjetas de casamiento”.

Hasta declaró un albañil sobre “la presencia de ambas partes en el inmueble de propiedad del demandado proyectando cambios que harían en el futuro”.

Por su parte, la defensa de Horacio aseguró ante la Justicia que “ella no acreditó haber hecho frente en forma personal a los gastos y que no existe certeza respecto de que los fondos provengan del patrimonio de ella”.

En segunda instancia, la Cámara decidió desestimar el recurso de nulidad y rechazar las apelaciones de ambos. De esta manera, quedó vigente el fallo de primera instancia que obligó a Horacio a indemnizar a Patricia.

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