Dictaron la conciliación obligatoria en el conflicto por Coto.
Tal como estaba previsto el Ministro
de Trabajo dictó esta tarde la conciliación obligatoria luego del
fracaso de las reuniones de la mañana en Santa Fe y Rosario.
"Hemos dictado la conciliación
obligatoria en el conflicto laboral entre la empresa Coto y los
trabajadores de comercio, con vigencia desde hoy y por 15 días hábiles.
El objetivo de la medida es retrotraer el conflicto a foja cero, es
decir, que las partes dejen sin efecto las medidas". Así lo informó el
titular de la cartera laboral Julio Genesini, al concluir las audiencias
de conciliación realizadas hoy en las ciudades de Santa Fe y Rosario.
Cabe
recordar que dicha empresa suspendió por 30 días a 48 trabajadores en
la ciudad de Santa Fe y 103 en Rosario, invocando como causa las futuras
consecuencias de la aplicación del proyecto de ley de descanso
dominical que se discute en el ámbito de la Legislatura provincial.
"Durante
las audiencias las partes ratificaron sus posturas, por lo que
intimamos a que la empresa retrotraiga las suspensiones bajo los
apercibimientos que las ley impone para estos casos", expresó el
Ministro.
El régimen de conciliación laboral obligatoria (Ley Nº
10.468) rige desde hoy y por el plazo de quince días hábiles o sea,
hasta el 26 del corriente. Esto implica retrotraer la situación laboral y
de prestación del servicio al estado en que la misma se encontraba al 2
de noviembre, lo que implica que dejen sin efecto ambas partes las
medidas adoptadas, es decir la empresa las suspensiones de los
trabajadores y el gremio las medidas de fuerza que se estuvieren
llevando a cabo, absteniéndose las mismas, en definitiva, de adoptar
algún tipo de medida que implique modificar, alterar y/o extinguir las
relaciones de trabajo y/o entorpecer u obstruir el normal y libre
desarrollo de la actividad, ya sea en forma directa o indirecta.
SANCIONES
"Mañana
vamos a constatar el acatamiento de la conciliación, y en caso de que
no cumplan se harán las actuaciones legales y los sumarios
correspondientes ". El no acatamiento por cualquiera de las partes en
conflicto de lo dispuesto durante la conciliación, resultará pasible de
la aplicación de las sanciones establecidas en la Ley Nº 10.468.
NUEVA AUDIENCIA
El
Ministerio de Trabajo de la provincia fijó fecha de audiencia para el
día lunes 10 de noviembre a las 11, en la Dirección Provincial de
Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
Delegación Rosario, sita en calle Ovidio Lagos 599.
SIN CAUSA
Desde
el Ministerio de Trabajo, precisaron en los fundamentos del dictado de
la conciliación que "independientemente de la trascendencia del
conflicto en cuanto afecta a un muy importante número de trabajadores,
debe destacarse específicamente una inexistencia de la causal invocada y
de cualquier efecto negativo perjudicial al empleo".
"Es
claro que el comportamiento asumido por la patronal como así también las
causales invocadas, están alejados de las claras pautas establecidas
por la normativa vigente y de continuar en esa postura, implica una
clara infracción a las disposiciones de la Ley Provincial N° 13.165
(Defensa del Empleo) y demás normativa, inclusive de carácter nacional",
agregaron.
"MEDIDA INAPROPIADA"
"La
medida de la empresa y los argumentos que ofrece es inapropiada, más aún
en el contexto que estamos viviendo, de complicaciones económicas, y
donde se hicieron grandes esfuerzos entre trabajadores y empleadores
para transitar en un clima de paz social, cuidando en lo posible las
fuentes de trabajo. Esto realmente desentona con ese clima general,
tensiona a los trabajadores pero también a la sociedad en su conjunto".
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