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COMUNA DE TIMBÚES

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miércoles, 31 de diciembre de 2014

Ordenan a YPF mostrar acuerdo con Chevron.

La jueza Sarmiento aceptó un amparo presentado por el diputado Garrido, pero la petrolera apelará la decisión; recaerá en la Cámara, que antes le dio la razón a la empresa.



Una vez más, la Justicia le pidió a la petrolera YPF que muestre el acuerdo que firmó con la norteamericana Chevron para la explotación del área denominada Loma Campana, en la formación de recursos petroleros no convencionales Vaca Muerta, el principal proyecto de inversión conjunta que lleva adelante la empresa estatizada.

María José Sarmiento, a cargo del Juzgado Federal en lo Contencioso Administrativo N° 11, aceptó un pedido de amparo presentado por el diputado nacional Manuel Garrido (ex fiscal de investigaciones administrativas) y dispuso que la petrolera entregue en un plazo de 10 días hábiles judiciales la información que le fue solicitada a su presidente, Miguel Galuccio , el 29 de mayo de este año "referida al acuerdo firmado para la explotación de Vaca Muerta entre YPF y Chevron".

YPF apelará la decisión de la jueza. Más allá de la molestia que le generan a Galuccio las críticas contra ese convenio, que considera muy favorable para la empresa y para la producción de petróleo en el país, los especialistas en temas legales de la compañía, conducidos por Rodrigo Cuesta -un hombre del ministro de Economía, Axel Kicillof-, consideran que el fallo no prosperará. Tienen una evidencia reciente. La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ya rechazó un planteo similar al de Garrido que había presentado el senador Rubén Giustiniani. Es el tribunal que debería resolver la apelación de YPF al fallo de Sarmiento.

ACCESO A LA INFORMACIÓN

La discusión está dividida por una pregunta: ¿debe YPF, en tanto empresa controlada por el Estado, responder a los pedidos de acceso a la información pública?

La decisión de Sarmiento sigue el fallo en disidencia de un integrante de la Sala I de la Cámara del Fuero. Justifica su decisión, entre otras cosas, en que el Reglamento General del Acceso a la Información Pública es de aplicación "en el ámbito de los organismos, entidades, empresas, sociedades, dependencias y todo otro ente que funcione bajo la jurisdicción del Poder Ejecutivo Nacional", como también "a las organizaciones privadas a las que se hayan otorgado subsidios o aportes provenientes del sector público nacional, así como a las instituciones o fondos cuyas administración, guarda o conservación esté a cargo del Estado Nacional a través de sus jurisdicciones o entidades y a las empresas privadas a quienes se les haya otorgado mediante permiso, licencia, concesión o cualquier otra forma contractual, la prestación de un servicio público o la explotación de un bien de dominio público". Concluye así que YPF "encuadra en el ámbito que tipifica la norma, en tanto recibe aportes provenientes del sector público nacional".

LEY DE EXPROPIACIÓN

YPF tiene una mirada completamente opuesta. La ley de estatización de la empresa (26.741) estipula que continuará funcionando como una sociedad anónima (como lo hacía cuando estaba en manos de la española Repsol), por lo que no le sería aplicable la legislación o la normativa administrativa que "afecte a las empresas o entidades en las que el Estado tenga participación", pese a que un 51% de la empresa pertenece al Estado.

La Cámara le dio ya la razón a la compañía en ese punto. "YPF debe recibir el tratamiento de una sociedad anónima regida por el capítulo II, Sección V de la ley 19.550, no encontrándose alcanzada por el régimen de acceso a la información pública", dijo la Cámara en su momento, en respuesta al pedido de Giustiniani

VISIONES ENCONTRADAS

María J. sarmiento

Jueza

"YPF debe entregar en 10 días la información del acuerdo con Chevron"

YPF

"YPF es una SA y cumplió con todas las obligaciones que surgen de la ley de sociedades comerciales".

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